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¿Puede exigirse alimentos al presunto padre durante el embarazo?

Durante el embarazo no existe prueba biológica que confirme la paternidad. El ADN solo puede practicarse tras el nacimiento del niño.

Entonces surge la duda: ¿Puede exigirse alimentos a un presunto padre cuando aún no se sabe si el hijo es suyo?

Se consultaron a especialistas para explicar si la ley permite demandar alimentos en este escenario.

Angela Gomez Ticona

Sí, es posible exigir alimentos al presunto padre. La especialista explicó que el concebido es sujeto de especial protección desde la concepción y necesita de todos los cuidados para desarrollarse.

El derecho del niño por nacer en un desarrollo adecuado y el principio del interés superior del niño, deben primar frente a la incertidumbre temporal sobre la paternidad, afirmó Angela Gomez.

Además, agregó que aunque es necesario determinar la verdad biológica sobre la paternidad, esta puede quedar de lado de forma momentánea porque es necesario velar por el bebé.

El presunto padre tiene derecho a la verdad biológica, pero este puede ceder temporalmente ante la necesidad urgente de proteger al más vulnerable. En caso de comprobarse posteriormente que no existe vínculo biológico, no correspondería una indemnización automática, ya que los alimentos no constituyen un daño, sino una prestación orientada a la protección de la vida, salvo que se acredite mala fe o engaño deliberado, detalló la especialista Gomez Ticona.

Desde el punto de vista jurídico, Angela Gomez mencionó que sí podría evaluarse la devolución de los montos entregados a la madre por el concepto de alimentos, pero solo es la medida que estos hayan sido de forma indebida.

De este modo, se logra un equilibrio razonable entre la protección del interés superior del niño y el derecho del presunto padre a la verdad y a la tutela de su patrimonio, sin desproteger al concebido durante una etapa especialmente vulnerable, finalizó.

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